La Asociación de Profesionales, Técnicos y Auxiliares de Salud Pública del Chaco (APTASCH) manifestó, a través de un comunicado, su “oposición al proyecto de Ley Nº 662/2022, el cual pretende crear un rubro nuevo en la ley previsional, denominado cargo por aportes».

El comunicado afirma que “la finalidad manifestada por esta iniciativa es financiar el sistema y disminuir la conflictividad judicial. Esto último se da a partir de la existencia de una Resolución, la 1414/08 del Insssep, que en determinados casos fija este aporte, y en la justicia no fue convalidado, es decir, se pronunció en contra. Por ende, de esta forma se pretende legitimar por vía legislativa su cobro, otorgando potestad para hacerlo al instituto de seguridad social del Chaco en los casos que considere que corresponde”

“Con respecto a la financiación del sistema, el proyecto invoca la solidaridad propia del régimen. Dicen que es necesario porque ante la creación de nuevas bonificaciones para activo que se trasladan al haber jubilatorio, si por ese rubro no se aportó en actividad, se estaría cobrando por un rubro por el que no se aportó”.

“La solidaridad del régimen de seguridad social implica que quien está en mejores condiciones debe ayudar a quien tiene menos. Es una red de contención para situaciones de necesidad y vulnerabilidad, algunas de las cuales son propias de la naturaleza del ser humano, como la jubilación. En el haber de pasividad siempre hay una situación de vulnerabilidad en relación con el activo. Tocar a los jubilados es cortar el hilo por el lado más débil, con lo que se controvierte el principio de solidaridad”

“La movilidad del régimen jubilatorio implica que el jubilado tenga en su haber una relación en su cobro con lo que percibe el activo, aunque como en estos casos, el rubro que se incorpore al activo no haya estado entre los que se descontaron al trabajador que ahora es jubilado. Esto lo dijo claramente el Superior Tribunal de la provincia en la causa Morgan, que se cita en el mensaje de elevación al proyecto de ley”

“Además de ser injusto, de ir en contra del principio de solidaridad del régimen de seguridad social que invoca y de vulnerar la movilidad jubilatoria, no tendría el efecto de evitar la judicialización, puesto que en la causa Morgan el Superior Tribunal ya se expidió al respecto sobre cuestiones de fondo -movilidad de las jubilaciones, por ejemplo, y el resultado judicial sería el mismo: la declaración de inconstitucionalidad del cargo por aportes”.

“Por otro lado, si a las autoridades del Ejecutivo y del Insssep les preocupa realmente el financiamiento del sistema jubilatorio, deberían abrir un debate sincero de cara a los trabajadores sobre las causas y los componentes de desfinanciamiento del régimen jubilatorio, la separación de las cajas de obra social y de seguros de la caja previsional, la transferencia al Instituto de la totalidad de los aportes y retenciones en tiempo y forma y todos los aspectos del lamentable funcionamiento que tiene actualmente nuestro Instituto y que perjudica de lleno a los trabajadores pasivos y activos”.

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