A través de una nota firmada por su Presidenta, María Fernando Boriotti, el Secretario General Jorge Yabkowski y la Secretaria Gremial Adriana Bueno, la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (Fesprosa) solicitó al Gobernador del Chaco, Jorge Capitanich la «la inmediata incorporación de Aptasch a la negociación paritaria general del Estado y sectorial de salud, a los efectos de que los trabajadores sanitarios cuenten con la representación legal y legítima en las negociaciones salariales y de condición laboral que les corresponden», a la vez que afirman que los dichos de Capitanich acerca de la representación sindical «configuran un grave retroceso conceptual».

A continuación, el escrito completo:

Sr. Gobernador de la provincia de Chaco
Cr. Jorge Capitanich
S____/____D


Por la presente, el Consejo Ejecutivo Nacional de Fesprosa ha tomado conocimiento de sus declaraciones acerca de la representación de los trabajadores, vertidas en ocasión del conflicto de salud de su provincia. Queremos aclarar, en primer lugar, que la Federación apoya en un todo los reclamos de Aptasch como organización mayoritaria de los trabajadores de la salud del Chaco. Su exclusión de la negociación paritaria, más habiendo sido parte de la misma en ocasiones anteriores, conforma un grave atentado a la libertad sindical, consagrada por el artículo 14 bis de la Constitución, la Ley 23.551, los fallos de la Corte Suprema y los convenios 87, 98 y 151 de la OIT.

Exigimos la inmediata incorporación de Aptasch a la negociación paritaria general
del Estado y sectorial de salud, a los efectos de que los trabajadores sanitarios
cuenten con la representación legal y legítima en las negociaciones salariales y de
condición laboral que les corresponden.

Por último, queremos señalar que las declaraciones periodísticas vertidas en los
medios de comunicación masivos, señalando que los trabajadores que no cuenten
con estabilidad laboral y se encuentren en condiciones precarias, no tienen
derecho a la representación sindical, configuran un grave retroceso conceptual respecto a lo que señala la legislación laboral vigente y los convenios
internacionales a los que adhiere nuestro país.

En primer lugar, el derecho a la estabilidad laboral del trabajador del Estado está
consagrado en el artículo 14 bis de la Constitución. La existencia de personal
precario es de exclusiva responsabilidad de su gobierno, por lo cual, en primer
lugar, instamos nuevamente a que se regularice la situación de todo el personal
contratado, monotributista o que revista bajo distintas formas de precarización
laboral.

En el ínterin, como ciudadanos de la provincia y del país, dichos trabajadores
tienen el derecho inalienable a organizarse, a reclamar y a encuadrarse en las
organizaciones gremiales cuyo estatuto les permita la agremiación. Este es el caso
de Aptasch-Fesprosa y de nuestra Federación.

Esperando una respuesta a nuestros requerimientos, lo saludan atentamente,+

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