La Legislatura chaqueña sancionó la Ley 3531-A que modifica el inc. 6 de la Ley 736- A (Maternidad) que incorpora la modalidad de teletrabajo como protección de la Lactancia.

El inciso 6 queda redactado de la siguiente manera:

«Lactancia: Cumplido el plazo de licencia que corresponda conforme lo previsto en el artículo 13, la beneficiaria persona lactante podrá solicitar que su prestación laboral sea realizada total o parcialmente bajo modalidad de teletrabajo por el término de hasta ciento ochenta (180) días posteriores al término de licencia correspondiente. Esta solicitud no podrá ser rechazada, con excepción de aquellas actividades que por su esencia no puedan adaptarse a esta modalidad, debiendo además la jurisdicción correspondiente justificar la imposibilidad de asignarle transitoriamente otras tareas que permitan a la agente gozar del beneficio. La solicitud podrá ser revocada por la agente durante el transcurso del plazo del goce del beneficio, pudiendo reincorporarse inmediatamente a la prestación de tareas laborales presenciales»

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